Dentro de las ayudas para las personas con discapacidad tenemos ayudar que van desde:
- Iva super-reducido para la compra de su silla de ruedas eléctrica.
- Subvención por parte de la Seguridad Social, Muface, Isfas o Mugeju para la compra de material ortoprotésico (sillas de ruedas eléctricas,..)
- Exención en el impuesto de matriculación.
- Descuentos en las tasas de renovación del permiso de conducir.
- Tarjetas de estacionamiento en zonas habilitadas para personas con movilidad reducida.
¿Cómo solicitar AYUDA para la compra de una silla de ruedas eléctrica en la Comunidad de Madrid?
Si quieres saber cómo solicitar la ayuda para la adquisición de una silla de ruedas eléctrica en la Comunidad de Madrid, te adjuntamos un enlace de la Comunidad de Madrid, donde podrás ver:
- ¿Cómo solicitar la ayuda para compra de silla de ruedas eléctrica?
- ¿Quién puede solicitar la ayuda?
- ¿ Que necesitas para solicitar la ayuda para la compra de una silla eléctrica?
- ¿Cómo solicito la AYUDA para una silla de ruedas eléctrica en Madrid?
- Tramitación
- Normativa aplicable
- Plazos para la solicitud gratis de una silla de ruedas eléctrica
AYUDAS compra de Sillas de Ruedas Eléctricas en Madrid
En este enlace te podrás DESCARGAR en Catálogo de Material Ortoprotésico donde saber la COBERTURA y AYUDAS para la compra de una silla de ruedas eléctrica.
IMPORTES DE LAS AYUDAS SEGURIDAD SOCIAL- Sillas de Ruedas Eléctricas
1221 SILLAS DE RUEDAS
122127 SILLAS DE RUEDAS CON MOTOR ELÉCTRICO Y DIRECCIÓN ELÉCTRICA
FINANCIACIÓN
1221 27 03 Silla de ruedas eléctrica. Tamaño pequeño, mediano o grande. 3.524,94€ 36 meses
Especial prescripción. Previo informe clínico y exclusivamente para indicaciones recogidas en O.M. de 23 de julio de 1999. (1) y (2).
Recuperable
(1) Indicaciones O.M. 23-07-99. Exclusivamente para pacientes con limitaciones graves del aparato locomotor por enfermedad, malformación o accidente que cumplan todos y cada uno de los requisitos siguientes: • Incapacidad permanente para la marcha independiente. • Incapacidad funcional permanente para la propulsión de sillas de ruedas manuales con las extremidades superiores. • Suficiente capacidad visual, mental y de control que les permita el manejo de sillas de ruedas eléctricas y ello no suponga un riesgo añadido para su integridad o la de otras personas. Para la prescripción de las sillas de ruedas eléctricas se tendrán en cuenta los criterios que se recogen en los protocolos que se establezcan al efecto por los Servicios de Salud e INSALUD.
(2) Prescripción por Servicios de Rehabilitación, exclusivamente.
(*)Artículos recuperables: En aquellos casos en que dejen de ser necesarios para el beneficiario, éste podrá proceder a su entrega en cualquier Servicio de Atención al Paciente de los centros asistenciales o Direcciones Provinciales del INSALUD.